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asesorias previsionales

Especialistas en mejorar su Pensión

Preguntas Frecuentes

Cuando se va a jubilar se determina el monto necesario para pagar su pensión, dependiendo de eso, si ahorraste lo suficiente, y cumple con el capital necesario, puede retirar un porcentaje como excedente de libre disposición.

Existen 4 tipos de pensiones:

  • Pensión de vejez.
  • Pensión de Invalidez
  • Pensión de Vejez Anticipada
  • Pensión de Sobrevivencia.

SCOMP significa Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión, y es el método al cuál accedes cuando deseas jubilar o cambiar de modalidad de pensión. Te permite tener ofertas de distintas entidades para poder tomar la mejor decisión de acuerdo a tus saldos.

Una vez emitido tienes las siguientes alternativas:
  • Puedes optar por el Retiro Programado o Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado de la AFP que selecciones.
  • Puedes aceptar una oferta externa, lo que corresponde a una Oferta de Pensión realizada fuera del sistema por una compañía de seguros.
  • Si ninguna de las ofertas ofrecidas cumple con tus expectativas, puedes solicitar un remate y elegir las compañías que ingresen a éste con el objetivo de que mejoren o igualen la oferta anterior.

Para solicitar tu SCOMP debes acudir con tu cédula de identidad a nuestras oficinas.

El Aporte Previsional Solidario es un beneficio que financia el Estado, consiste en un subsidio a los pensionados que cumplan con lo siguiente:
  • Si con tu saldo ahorrado para la pensión no logras cubrir la pensión base vigente
  • Debes ser mayor de 65 años
  • Pertenecer al 60% más vulnerable de la población chilena.
  • Acreditar residencia en Chile: 20 años y 4 de los últimos 5 anteriores a la solicitud ó 20 años de cotizaciones en cualquier Sistema Previsional en Chile.
¿Cómo se solicita?
  • Debes acércate a tu AFP con tu cédula de identidad y la ficha de protección social.
  • Si no estás afiliado en ninguna AFP solicita este beneficio en el Instituto de Previsión Social.
¿Quiénes quedan fuera del beneficio?
  • No están afectos al beneficio quienes pertenezcan a: DIPRECA, CAPREDENA, o reciban pensiones de dichos regímenes, como titular o beneficiario de sobrevivencia.
  • Si estás recibiendo pensión con aporte solidario y permaneces fuera de Chile por más de 90 días, dentro de un año calendario, pierdes el beneficio.
La Asignación Familiar es un monto en dinero mensual por cada carga familiar que acredites como jubilado. Este monto se paga en conjunto con tu pensión respectiva.
¿Cómo se solicita?
 
Para incorporar tus cargas familiares deberás presentar en alguna sucursal de tu AFP:
  • Certificado de Nacimiento para Asignación Familiar, una única vez.
  • Si es cónyuge, Certificado de Matrimonio vigente.
  • Si tienes hijos entre 18 y 24 años y estudiantes, deberás actualizar semestralmente:
  • Declaración de Soltería de los hijos que constituyen carga familiar.
  • Certificado de estudios de los hijos.
¿Quiénes pueden ser carga familiar?
  • La Cónyuge y el cónyuge inválido.
  • Hijos biológicos o adoptados menores de 18 años.
  • Si son mayores de 18 años, deben ser estudiantes.
  • Hijos inválidos, de cualquier edad.
  • Hijastros: Hijos del otro cónyuge.
  • Nietos y Bisnietos: Huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos.
  • Madre viuda: Sin requisitos de edad.
  • Ascendientes: Padre, madre, abuelo o bisabuelo, mayores de 65 años.
  • Niños huérfanos o abandonados: En los mismos términos que los hijos y los inválidos, que se encuentren al cuidado de instituciones del Estado o reconocidas por éstas.
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
La Garantía Estatal es un beneficio otorgado por el Estado para aquellas personas pensionadas que, habiendo cotizado gran parte de sus años laborales, registren en su cuenta obligatoria un saldo menor a 0,5 UF.

 

¿Cuáles son los requisitos?

 

Los requisitos varían según el tipo de pensión.
  • Pensión de Vejez
  • Pensión de Invalidez
  • Pensión de Sobrevivencia
¿Cómo se solicita la Garantía Estatal?

 

Para acceder a este beneficio, debes acercarte a tu AFP o a la Compañía de Seguros donde recibes el pago de la pensión. Debes presentar tu cédula de identidad vigente.
El Bono por hijo es un beneficio en dinero que entrega el Estado a las madres, por cada hijo nacido vivo o adoptado.

 

Por tanto es importante tener presente lo siguiente:
  • Este bono se abona en tu cuenta obligatoria y se paga como pensión
  • Lo puedes solicitar a partir de los 65 años presentando tu cédula de identidad en alguna sucursal de tu AFP.
  • Si no estás afiliada a ninguna AFP, debes solicitarlo en la AFP que se adjudicó la licitación.
¿Cuáles son los requisitos?
  • Debes ser mayor a 65 años.
  • Sólo para pensionados desde el 1º de julio 2009
  • Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
  • Estar afiliada al Sistema de AFP
  • Ser beneficiaria de una Pensión Básica Solidaria de vejez
  • Sin ser afiliada a un régimen previsional, recibir una Pensión de Sobrevivencia por el INP o AFP.
  • Ser residente en Chile por lo menos 20 años, de los cuales debes haber residido al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.

La Herencia es el monto que se paga del saldo proveniente de la Cuenta Obligatoria o de la Cuenta de Ahorro Voluntario de un afiliado fallecido, luego de pagar la cuota Mortuoria.

Acércate a tú AFP y presenta:
  • Declaración jurada de inexistencia de beneficiarios de pensión, es decir que no existen otros beneficiarios aparte de ti y los que acredites en el documento.
  • Completar datos del heredero solicitante.
  • Certificados civiles que acrediten relación familiar con el afiliado fallecido.
  • Poder para cobrar y percibir los fondos, si existe un menor de edad entre los herederos.
  • Si hay herederos mujeres, deben acreditar estado civil.
  • Declaración jurada donde se indique que no existen más herederos que los informados.

La Cuota Mortuoria es un beneficio equivalente a 15 UF que se pagan cuando un afiliado fallece, los cuales se retiran de la cuenta del afiliado, y se paga a quien acredite haberse hecho cargo de los gastos funerarios.

El Bono de Reconocimiento es un documento expresado en dinero, que representa los períodos de cotizaciones que el trabajador, incorporado al sistema previsional de las AFP, haya registrado en las Cajas de Previsión del antiguo Régimen Previsional.

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Conversemos, estamos dispuestos a aclarar sus dudas y orientarlo a mejorar su pensión.

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